domingo, 18 de septiembre de 2011

Entre iniciativa para tipificar perturbación del orden público

Entre iniciativa para tipificar perturbación del orden público

Adrián Sandoval

12:00:59 - Este miércoles entró y fue turnada a comisiones, la iniciativa enviada por el Ejecutivo estatal al Congreso del Estado para tipificar el delito de perturbación del orden público y sancionar a quien por cualquier medio, afirme falsamente la existencia de aparatos explosivos, ataques con armas de fuego; o de sustancias químicas, biológicas o tóxicas que puedan causar daño a la salud; ocasionando la perturbación del orden público.

Cometerá perturbación del orden público quienes generen problemas como la psicosis colectiva que presuntamente desataron los twiteros detenidos desde el 30 de agosto, María de Jesús Bravo Pagola y Gilberto Martínez Vera, a quienes les imputan los delitos de terrorismo y sabotaje.

La penalidad para el nuevo delito sería de uno a cuatro años, con lo que pueden alcanzar la libertad bajo fianza y no los 30 años a los que pudieran ser penado por terrorismo y sabotaje.

Esta mañana la Diputación Permanente del Congreso dio entrada a la iniciativa de adición al Código Penal de Veracruz, con la finalidad de crear la figura de perturbación del orden público como delito, mismo que se sancionará de uno a cuatro años de prisión y multa de 500 a mil días de salario mínimo.

Será el martes 20 de septiembre cuando la propuesta sea discutida y votada en sesión extraordinaria.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo estatal señala que los elementos del tipo delictivo se constriñen a la falsedad de la afirmación y a la intención de perturbar el orden público, con absoluta independencia del medio que se emplee puesto que no se trata de criminalizar el uso de cualquier medio de expresión o comunicación, sino la intención aviesa de alterar el orden, la falsedad de la información y la causación efectiva de una perturbación, de la cual dependerá la sanción que deba imponerse.

Es claro que no basta con demostrar la falsedad de la afirmación realizada y la intención de causar una afectación al orden público, sino que se requiere además que la perturbación ocurra en los hechos, con lo cual queda claro que no se sanciona la expresión realizada, sino el efectivo daño causado.

Se trata de un delito de daño y no solamente de peligro, con lo que se elimina cualquier riesgo de que se sancione a alguien por el solo hecho de expresarse, dado que será necesario para que se consume el delito, que realmente suceda la perturbación del orden que se trata de provocar.

El Ejecutivo precisa que las difíciles circunstancias por las que atraviesa el país han hecho surgir nuevas conductas antisociales que aun en el caso de que sea posible encuadrarlas en tipos delictivos existentes, presentan particularidades que hacen necesario redefinir la redacción de la descripción típica de los delitos que pueden cometerse, y adecuar las penalidades a la naturaleza específica de la conducta que genera un daño social.

Al respecto, el presidente de la Mesa directiva del congreso local, Eduardo Andrade Sánchez expresó que esta iniciativa podría ser más adecuad a la realidad del estado porque no busca penalizar el uso de ningún medio de comunicación sino una disposición jurídica para proteger el orden público.

En cuanto a la posibilidad de que aplique para los dos tuiteros que permanecen detenidos ya que las leyes no son retroactivas, explicó que si el Ministerio Público solicita la reclasificación del delito de acuerdo al nuevo Código Penal y si el juez lo autoriza, los inculpados recibirían este beneficio y por ende saldrían libres bajo fianza.

Con esta iniciativa o adición se responde jurídicamente ante la ocurrencia de fenómenos que pretenden deliberadamente perturbar el orden público mediante la emisión de afirmaciones falsas por diversos medios, incluidas los medios masivos de comunicación, que prestan un importante servicio de difusión y un invaluable medio de información e intercambio de puntos de vista entre millones de personas.

Empero,como cualquier instrumento o avance tecnológico, "son susceptibles de ser empleadas de manera malintencionada con el fin de causar un daño. Por supuesto, no se trata de penalizar el uso genérico de esos medios sino básicamente la intención de perturbar el orden y la falsedad de las afirmaciones cualquiera que sea el medio empleado.


COMUNICADO OFICIAL


Diputación Permanente



CONVOCÓ A SESIÓN EXTRAORDINARIA



· Será el próximo martes 20 de septiembre, a las 11:00 horas

· Se tratará la reforma al Código Penal para tipificar el delito de perturbación del orden público



La Diputación Permanente del Congreso de Veracruz convocó a sesión extraordinaria a celebrarse el próximo martes 20 de septiembre del presente año, a las 11:00 horas, para discutir y, en su caso, aprobar la Iniciativa que adiciona un Capítulo III al Título XXII y que adiciona el artículo 373 del Código Penal del Estado, a fin de tipificar el delito de perturbación del orden público.



Durante la sesión de la Diputación Permanente realizada este miércoles 14 de septiembre, en correspondencia recibida, el diputado por el Distrito I, con cabecera en Pánuco, Ricardo García Escalante, mediante oficio, presentó su renuncia al grupo legislativo del PAN, y solicitó se conserve su carácter de diputado pero ahora como independiente.



Se turnó a las Comisiones Permanentes Unidas de Justicia y Puntos Constitucionales, de Ciencia y Tecnología y de Equidad, Género y Familia, la Iniciativa que reforma el artículo 290 del Código Penal del Estado, presentada por la diputada Paulina Muguira Marenco, para otorgar las herramientas y proteger a las niñas, niños y adolescentes menores de 18 años de la pornografía infantil y fomentar el uso correcto de los medios cibernéticos.



Asimismo, se remitió a la Comisión Permanente de Hacienda del Estado, la Iniciativa que reformas diversas disposiciones del Código Financiero, presentada por el diputado Juan Carlos Castro Pérez, a fin de eliminar el cobro de la publicación del Bando de Policía y Gobierno y sus reglamentos de los Ayuntamientos en la Gaceta Oficial del Estado.



Por otra parte, la Diputación Permanente autorizó al Ayuntamiento de La Antigua otorgar en concesión, por un plazo de quince años, a la empresa Pack Soluciones Constructivas, la prestación parcial del servicio de limpia pública, en lo que respecta al tratamiento y disposición final de residuos sólidos, con la construcción, operación, mantenimiento y explotación de una planta para la separación y procesamiento de residuos sólidos urbanos.



Del mismo modo, se autorizó al Ejecutivo Estatal enajenar a título gratuito un predio rústico de propiedad estatal, en el municipio de Naranjos-Amatlán, a favor del Instituto Tecnológico Superior de Naranjos, así como enajenar una fracción de terreno en el municipio de Martínez de la Torre, a favor del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos.

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